lunes, 18 de mayo de 2015

                                  CRUELDAD HACIA NUESTRO SERES VIVOS,
                                                        "LOS ANIMALES"





El maltrato animal comprende comportamientos que causan dolor innecesario o estrés al animal. Los mismos van desde la negligencia en los cuidados básicos hasta el asesinato malicioso. Existen dos tipos de crueldad animal, el maltrato directo, que consta de la falta intencional en proporcionar los cuidados básicos, la tortura, la mutilación o el asesinato de un animal, y el maltrato indirecto.2 Este abuso innecesario se ha convertido en un problema social de gran dimensión.
La crueldad hacia los animales es uno de los componentes de la tríada psicopática junto a la piromanía y la enuresis.

Ejemplos de maltrato hacia los animales[editar]

  • El abandono de los animales en la calle o por que no los pueden cuidar o en ocasiones porque no quieren tener animales en las casas de cualquier persona.Mantenerlos en instalaciones indebidas desde el punto de vista higiénico-sanitario o inadecuadas para la práctica de los cuidados y la atención necesaria de acuerdo con sus necesidades etnológicas, según raza y especie.
  • Practicarles mutilación, excepto las controladas por los veterinarios en caso de necesidad, o por exigencia funcional.
  • No facilitarles la alimentación necesaria para su desarrollo normal.
  • Hacer donación de los mismos como premio,recompensa o regalo de compensación por otras adquisiciones de naturaleza distinta a la transacción onerosa de animales.
  • Venderlos a laboratorios o clínicas sin el cumplimiento de las garantías previstas en la normativa vigente.
  • Ejercer su venta ambulante.
  • Suministrarles alimentos que contengan sustancias que puedan causarles sufrimientos o daños innecesarios.
  • Golpearlos brutalmente para causar un daño psicologico en otra persona.
Algunos tipos de maltrato a los animales domésticos son:
  • Dejar a la mascota a la intemperie (padeciendo de frío, sol y lluvia).
  • Dejarla sin alimento (olvidarse de darles al menos una vez al día de comer).
  • Dejarla sin agua (no verificar al menos una vez al día si tiene agua fresca y limpia)
  • Descuido, sea de su salud (cuando enferma o no llevarla(o) a vacunar),de su bienestar (no hacerle caso alguno) o de su entorno (no bañarla(o), no limpiar el lugar donde come o habita). Aquí se incluye también el abandono.
  • Maltrato animal y violencia interpersonal

  • Durante décadas se ha afirmado y estudiado la existencia de vínculos entre la crueldad animal, conductas antisociales y violencia interpersonal. Se ha expuesto que los abusadores comparten historial de castigo brutal y rechazo, así como de crueldad hacia los animales y violencia contra personas. Un mejor entendimiento de estos enlaces puede ayudar a la protección de víctimas. Así mismo, su reconocimiento permitiría acciones para promover su bienestar.
    El maltrato hacia los animales constituye un aviso sobre la posible existencia de otras formas de violencia4 Además, se hace alusión a una tríada de abuso y maltrato, la misma está constituida por el abuso físico por parte de los padres hacia sus hijos, crueldad hacia los animales, y violencia interpersonal. La violencia interpersonal se compone de las acciones y comportamientos de fuerza e intimidación innecesaria entre personas. Las féminas son las víctimas principales de este tipo de abuso.
    Por otra parte, se ha identificado una estrecha relación entre la observación de actos de crueldad animal, y la práctica de tales abusos. Estadísticamente, se ha identificado que tres de cada diez individuos que han presenciado actos de crueldad animal, han incurrido en tales prácticas en algún momento. Además, se ha reconocido a los varones como los principales agresores de este tipo de maltrato.
    Además, otros estudios como el de DeGue y DiLillo establecieron una serie de rasgos comunes entre los niños o jóvenes que emprenden en actos de crueldad animal. Entre las características más comunes se encuentran: el sentimiento de inferioridad, el rechazo y la crítica. También, el aislamiento y episodios de comportamientos agresivos constantes, caracterizan a los niños o jóvenes que emprenden crueldad contra animales.
    “Las víctimas de violencia familiar fueron más propensas a experimentar o presenciar actos de maltrato animal a diferencia de los individuos que no fueron víctimas de este tipo de violencia interpersonal. Además, los resultados indicaron que las víctimas de abuso infantil y violencia doméstica, fueron más propensos a incurrir en prácticas de abuso animal en algún momento. Finalmente, los participantes que afirmaron presenciar actos de abuso animal, fueron más propensos a experimentar formas de violencia interpersonal."8

    “Por lo general, la crueldad animal es una de las conductas antisociales relacionadas a trastornos conductuales durante la infancia, y, por consiguiente, el diagnóstico de un trastorno conductual es en sí un pre-requisito para el diagnóstico de ADP durante la adultez. Este estudio confirmó la estrecha asociación entre el trastorno bajo estudio (ADP) y la existencia de un historial de crueldad animal."

    Algunas investigaciones, aseveran que hay una amplia relación de las personas agresivas, violentas o incluso asesinos con el gusto por maltratar, torturar y asesinar animales, y que ese gusto lo adquieren desde la niñez o juventud, además dan a conocer que la mayoría de los agresores son hombres, y que están muy relacionados con la violencia intrafamiliar. Las cifras son alarmantes: cerca de un millón de animales son maltratados cada año por sus cuidadores en casos de violencia doméstica. Las víctimas más comunes son los perros, de 1 880 casos reportados por los medios en 2007, representan un 64,5% (de los cuales un 25% pertenecían a la raza pitbull), un 18% gatos y un 25% otros animales, como caballos, vacas, cerdos, etc. Es interesante que en éste último caso, muchos de los casos reportados eran animales maltratados por la industria cárnica (mataderos, granjas industriales de ganado, etc.)
    Un estudio realizado por Apasdem (organización civil), demuestra que en algunos centros de control canino, la población de perros es aproximadamente de 1 millón 383 mil, y haciendo una comparación con las denuncias por animales maltratados, rescates y molestias urbanas recibidas (1 mil 591) por la Brigada de Vigilancia Animal de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal, podemos deducir que son muy pocas las denuncias que se hacen de éste tipo

Abandono de animales domésticos

Cada vez más se entiende que los animales domésticos son una responsabilidad, no un juguete, y que por tanto tenemos la obligación de cuidarlos con la debida diligencia. El abandono puede considerarse como un maltrato si consideramos que en la calle, carretera, terrenos baldíos y/o encerrados los animales no pueden proveerse por sí mismos de comida, agua, abrigo y protección de su salud. Abandonados, sin asistencia alguna, los animales están expuestos a toda especie de agresión y violencia, como envenenamientos, atropellos y muerte.
La relación humano-animal es milenaria y son los perros quienes han brindado al hombre innumerables e invaluables beneficios físicos y psicológicos; sin embargo, lejos de retribuirles de la misma forma, se les ha tratado como objetos de consumo que se pueden adquirir y desechar a placer. Muchas veces se convirtierten en una molestia que bajo circunstancias como falta de capacidad económica, cambios de residencia, aparición de alergias, compra compulsiva o incompatibilidad, conducen a su abandono, olvidando que se trata de un ser vivo y que muchas de estas situaciones pueden solucionarse.
Esta situación atiende principalmente al antropocentrismo con el que hemos manejado la relación con la naturaleza en general, lo que ocasiona que veamos a los individuos de otras especies como recursos de explotación sin tomar en cuenta su bienestar, sus necesidades y su derecho a la vida.
El abandono a nivel mundial es realmente alarmante, determinar las cifras con exactitud resulta imposible, sin embargo la Organización Mundial de Sanidad Animal (OMSA) estima que existen aproximadamente más de 400 millones de perros callejeros, para lo cual está trabajando nuevos lineamientos de control poblacional y salubridad.

  • Legislación a favor de los animales                                            Se conoce como derechos de los animales a las ideas postuladas por corrientes de pensamiento y al movimiento que sostienen que la naturaleza animal es un sujeto de Derecho, cuya novedad reside en que esta categoría sólo ha pertenecido a personas naturales y jurídicas, es decir al ser humano.
    Los humanos siempre han tenido hacia algunos animales una consideración especial (ej. domesticación), que varía mucho según el entorno cultural o el lugar, desde apoyar que se pueda utilizar a los animales según plazca o sirva al hombre, pasando por el trato ético o el bienestar animal, hasta considerar que los animales merecen derechos tradicionalmente reconocidos sólo en los humanos.
    No debe confundirse con el derecho de animales como doctrina jurídica, marco jurídico de algunos países donde el objeto de Derecho es la libertad de conducta de los animales en su ambiente natural y el trato que reciben en un hábitat humano.

lunes, 11 de mayo de 2015

  • En Colombia, la ley es permisiva con casos atroces de maltrato animal.

El descuartizamiento de un caballo gravemente herido en Buenavista (Sucre) y la matanza de un toro en Turbaco (Bolívar), ambos hechos ocurridos en corralejas celebradas a comienzos de año, dejan al descubierto los vacíos que tiene el país para castigar y condenar el maltrato animal.
Es más, la propia legislación impulsa a que hechos como estos se cometan.
De hecho, aunque el Estatuto de Protección Animal (Ley 84 de 1989) condena formas de maltrato como golpes, quemaduras, cortadas, punzadas, mutilaciones, someterlos a una muerte agónica o convertir ese sufrimiento en espectáculo, a renglón seguido exceptúa el rejoneo, el coleo, las corridas de toros, las novilladas, las corralejas, las becerradas, las tientas y las riñas de gallos.
“En resumen, el maltrato no es delito, y, como no lo es, esto lleva a que la gente no tenga reparos en cometerlo”, asegura Javier González, experto en bioética e integrante del Observatorio Animalista de la Universidad Javeriana.
Por eso, no obstante el rechazo y la indignación que generaron los videos en los que se revelan esos crueles actos, poco se podrá hacer para condenar y castigar a los responsables del maltrato animal.
Ni siquiera un hecho como el ocurrido en Tuluá (Valle), con un grupo de gatos que fueron amarrados y torturados para que ‘participaran’ en una carrera, podría castigarse ejemplarmente.
Para todos estos casos, el estatuto no impone condenas sino contravenciones, llamados de atención o penas de arresto preventivo de uno a tres meses (excarcelables). Si bajo ese maltrato, el animal queda lisiado o muere, la sanción aumenta a un máximo de cuatro meses de arresto, y si se hace en vía pública, el arresto será de seis meses. Se incluyen multas que no superan los 100.000 pesos.
El Código de Policía, por su parte, impone otras sanciones que no pasan de los 700.000 pesos.
“Hoy, los castigos dependen mucho del costo del animal, y de que el propietario denuncie. La vía que queda es que los afectados o ciudadanos tramiten acciones populares para que hayan sanciones administrativas a alcaldes o secretarios de Gobierno por no tomar medidas que evitaran ese maltrato”, dice Eduardo Peña, de la organización Animal Defenders International.
Y es que los escandalosos casos de Buenavista, Turbaco y Tulúa tampoco pueden ser sancionados con el Código Civil, donde los animales son considerados bienes muebles, es decir, cosas. (Lea aquí: Solo Cereté y Sincelejo suspenden corralejas)
De ahí que en el Congreso haya en curso tres iniciativas que buscan reformar la normatividad, para que los animales pasen a ser considerados seres sintientes (que sienten), con lo cual adquieren derechos, como ocurrió en Buenos Aires con una orangután (Ver intertítulo más adelante).
Dos de esos proyectos, cuyos autores son Marco Avirama y Juan Carlos Losada, ya fueron radicados y buscan incluso incorporar la protección animal en la Constitución. La tercera iniciativa la anunció el senador Armando Benedetti.
Pero a pesar de los intentos de proteger a los animales mediante una ley, Peña dice que no todo debe depender de lo que haga el Congreso. Las alcaldías podrían expedir políticas públicas que eviten el maltrato, como estimular espectáculos sin animales (lo ha hecho Bogotá), restringir el uso de vehículos de tracción animal, obligar a las personas a tratar adecuadamente a los animales de compañía o promover programas de esterilización para evitar la sobrepoblación, entre otras”.
Los tres casos recientes que han quedado sin sanción
La Fiscalía estableció que en la muerte del toro a manos de espectadores en Turbaco (Bolívar) no hubo delito, porque el hecho no está tipificado en el sistema penal colombiano. Por tal razón, nunca emprendió acciones para pedir medida de aseguramiento o imputar cargos en contra del hombre que quedó grabado en un video atacando al animal, ni en contra de la turba que lo acompañó en la agresión con patadas y piedras.
Ante la Sociedad Internacional Protectora de Animales acudió la Sociedad Protectora de Animales de Sucre para que se condene lo ocurrido en Buenavista con el caballo que fue descuartizado tras quedar gravemente herido en una corraleja. Por lo pronto, el presidente de la ONG regional, el médico Muffit Salaiman, pide a los alcaldes del departamento “abolir esta práctica morbosa y violenta” y propone “cambiar ese espacio por actividades culturales, indígenas y festivales”.
Un llamado para que no se vuelvan a realizar carreras de gatos es la única decisión que hasta el momento han tomado las autoridades de Tulúa (Valle) contra los responsables de torturar con estallidos de pólvora a gatos que estaban amarrados para que salieran a correr, en una competencia durante la celebración del Día de Reyes en el corregimiento La Marina. El programa, con apoyo de la Alcaldía y con patrocinio de 16 entidades oficiales y privadas, también incluía marranos engrasados. Las ONG defensoras de animales anunciaron que consultarán ante las autoridades qué medidas se pueden adoptar.
Tribunal concede derechos a orangután en Argentina
En un hecho inédito, la Cámara de Casación Penal de Argentina concedió un hábeas corpus a una orangután del zoológico de Buenos Aires, al reconocerle sus derechos básicos como sujeto no humano.
Con esta decisión, a Sandra, la orangután de Sumatra que ha pasado 20 años en cautiverio, se le reconoce como persona jurídica y podrá gozar de libertad en una reserva en Brasil.
La demanda la puso la Asociación de Funcionarios y Abogados por el Derecho de los Animales (Afada).

  • Ley en contra del maltrato animal.

Ley Nacional 14.346 sobre la protección de los animales.Sancionada en el Congreso Nacional el 27/9/54.Incluida en el Código Penal.

Art. 1º: Será reprimido con prisión de 15 días a un año el que infligiere malos tratos o hiciere víctima de actos de crueldad a los animales.
Art. 2º: Serán considerados actos de maltrato:1) No alimentar en cantidad y calidad suficiente a los animales domésticos o cautivos.2) Azuzarlos para el trabajo mediante instrumentos que, no siendo de simple estímulo, les provoquen innecesarios castigos o sensaciones dolorosas.3) Hacerlos trabajar en jornadas excesivas, sin proporcionarles descanso adecuado, según las estaciones climáticas.4) Emplearlos en el trabajo cuando no se hallen en estado físico adecuado.5) Estimularlos con drogas sin perseguir fines terapéuticos.6) Emplear animales en el tiro de vehículos que excedan notoriamente sus fuerzas.
Art. 3º: Serán considerados actos de crueldad:1) Practicar la vivisección con fines que no sean científicamente demostrables y en lugares o por personas que no estén debidamente autorizadas para ello.2) Mutilar cualquier parte del cuerpo de un animal, salvo que el acto tenga fines de mejoramiento, marcación o higiene de la respectiva especie animal o se realice por motivos de piedad.3) Intervenir quirúrgicamente animales sin anestesia y sin poseer el título de médico o veterinario, con fines que no sean terapéuticos o de perfeccionamiento técnico operatorio, salvo en casos de urgencia debidamente comprobada.4) Experimentar con animales de grado superior en la escala zoológica al indispensable según la naturaleza de la experiencia.5) Abandonar a sus propios medios a los animales utilizados en la experimentación.6) Causar la muerte de animales grávidos, cuando tal estado sea patente en el animal y salvo en el caso de las industrias legalmente establecidas que se fundan sobre la explotación del nonato.7) Lastimar o arrollar animales intencionalmente, causarles torturas o sufrimientos innecesarios, o matarlos por el sólo espíritu de perversidad.8) Realizar actos públicos o privados de riñas de animales, corridas de toros, novilladas y parodias, en que se mate, hiera u hostilice animales.
Art. 4º: Comuníquese al Poder Ejecutivo. 


Declaración Universal de los Derechos del Animal.Promulgada por las Naciones Unidas en 1976.

Preámbulo:Considerando que todo animal posee derechos.Considerando que el desconocimiento y el desprecio de dichos derechos han conducido y siguen conduciendo al hombre a cometer crímenes contra la naturaleza y contra los animales.Considerando que el reconocimiento por parte de la especie humana de los derechos a la existencia de las otras especies de animales constituye el fundamento de la coexistencia de las especies en el mundo.Considerando que el hombre comete genocidio y existe la amenaza de que siga cometiéndolo.Considerando que el respeto hacia los animales por el hombre está ligado al respeto de los hombres entre ellos mismos.Y considerando que la educación debe enseñar desde la infancia a observar, comprender y amar a los animales,LA LIGA INTERNACIONAL DE LOS DERECHOS DEL ANIMAL Y LA U.N.E.S.C.O. PROCLAMAN LO SIGUIENTE:
Art. 1º: Todos los animales nacen iguales ante la vida y tienen los mismos derechos a la existencia.
Art. 2º: 1) Todo animal tiene derecho al respeto. 2) El hombre, en tanto que es especie animal, no puede atribuirse el derecho a exterminar a los otros animales o explotarlos violando este derecho. Tiene obligación de poner sus conocimientos al servicio de los animales. 3) Todos los animales tienen derecho a la atención, a los cuidados y a la protección del hombre.
Art. 3º: 1) Ningún animal será sometido a malos tratos ni a actos de crueldad. 2) Si es necesaria la muerte de un animal, ésta debe ser instantánea, indolora y no generadora de angustia.
Art. 4º: 1) Todo animal perteneciente a una especie salvaje tiene derecho a vivir libre en su propio ambiente natural, terrestre, aéreo o acuático y a reproducirse. 2) Toda privación de libertad, incluso aquella que tenga fines educativos, es contraria a este derecho.
Art. 5º: 1) Todo animal perteneciente a una especie que viva tradicionalmente en el contorno del hombre, tiene derecho a vivir y crecer al ritmo y en las condiciones de vida y de libertad que sean propias a su especie. 2) Toda modificación de dicho ritmo o dichas condiciones que fuera impuesto por el hombre con fines mercantiles es contrario a dicho derecho.
Art. 6º: 1) Todo animal que el hombre ha escogido como compañero tiene derecho a que la duración de su vida esté conforme a la longevidad natural. 2) El abandono de un animal es un acto cruel y degradante.
Art. 7º: Todo animal obrero tiene derecho a una limitación razonable del tiempo e intensidad del trabajo, a una alimentación reparadora y al reposo.
Art. 8º: La experimentación animal que implique un sufrimiento físico o psicológico es incompatible con los derechos del animal, tanto si se trata de experimentaciones médicas, científicas, comerciales, como de toda otra forma de experimentación.
Art. 9º: Cuando un animal es criado para alimentación, debe ser nutrido, instalado y transportado, así como muerto sin que ello resulte para él motivo de ansiedad o dolor.
Art. 10º: 1) Ningún animal debe ser explotado por diversión del hombre. 2) Las exhibiciones de animales y los espectáculos que se sirvan de animales son incompatibles con la dignidad del animal.
Art. 11º: Todo aquello que implique la muerte de un animal sin necesidad, es un biocidio, es decir un crimen contra la vida.
Art. 12º: 1) Todo acto que implique la muerte de gran número de animales salvajes es un genocidio, es decir un crimen contra la especie. 2) La contaminación y la destrucción del ambiente natural conducen al genocidio.
Art. 13º: 1) Un animal muerto debe ser tratado con respeto. 2) Las escenas de violencia en las cuales los animales son víctimas, deben ser prohibidas en el cine y en la televisión, salvo si ellas tienen como fin dar muestras de los atentados contra los derechos del animal.
Art. 14º: 1) Los organismos de protección y salvaguarda de los animales deben ser representados a nivel gubernamental. 2) Los derechos del animal deben ser defendidos por la ley como lo son los derechos del hombre. 

  • Ley Nacional 14.346 de Protección Animal

SANCIONADA EN EL CONGRESO NACIONAL EL 27/9/54.
INCLUIDA EN EL CODIGO PENAL.
Art. 1º: Será reprimido con prisión de 15 días a un año el que infligiere malos tratos o hiciere víctima de actos de crueldad a los animales.

Art. 2º: Serán considerados actos de maltrato:
1) No alimentar en cantidad y calidad suficiente a los animales domésticos o cautivos.
2) Azuzarlos para el trabajo mediante instrumentos que, no siendo de simple estímulo, les provoquen innecesarios castigos o sensaciones dolorosas.
3) Hacerlos trabajar en jornadas excesivas, sin proporcionarles descanso adecuado, según las estaciones climáticas.
4) Emplearlos en el trabajo cuando no se hallen en estado físico adecuado.
5) Estimularlos con drogas sin perseguir fines terapéuticos.
6) Emplear animales en el tiro de vehículos que excedan notoriamente sus fuerzas.

Art. 3º: Serán considerados actos de crueldad:
1) Practicar la vivisección con fines que no sean científicamente demostrables y en lugares o por personas que no estén debidamente autorizadas para ello.
2) Mutilar cualquier parte del cuerpo de un animal, salvo que el acto tenga fines de mejoramiento, marcación o higiene de la respectiva especie animal o se realice por motivos de piedad.
3) Intervenir quirúrgicamente animales sin anestesia y sin poseer el título de médico o veterinario, con fines que no sean terapéuticos o de perfeccionamiento técnico operatorio, salvo en casos de urgencia debidamente comprobada.
4) Experimentar con animales de grado superior en la escala zoológica al indispensable según la naturaleza de la experiencia.
5) Abandonar a sus propios medios a los animales utilizados en la experimentación.
6) Causar la muerte de animales grávidos, cuando tal estado sea patente en el animal y salvo en el caso de las industrias legalmente establecidas que se fundan sobre la explotación del nonato.
7) Lastimar o arrollar animales intencionalmente, causarles torturas o sufrimientos innecesarios, o matarlos por el sólo espíritu de perversidad.
8) Realizar actos públicos o privados de riñas de animales, corridas de toros, novilladas y parodias, en que se mate, hiera u hostilice animales.

Art. 4º: Comuníquese al Poder Ejecutivo.


¿QUE HACER EN CASO DE MALTRATO Y CRUELDAD CONTRA ANIMALES?

Debes tener presente:
1. Es un delito penado por el Código Penal.
2. Es un delito que tiene Acción Pública, es decir que puede ser denunciado por cualquier persona.
3. El hecho se puede denunciar ante la Policía o fiscalía. 

Mayo,05/2015



INFORMACIÓN ALTAMENTE INTERESANTE


  • A perrito envenenado en Sincelejo le hicieron velación y entierro.


Habitantes dieron el último adiós a 'Niño Andrades', la mascota más querida del barrio Las Colinas.


Los dolientes del ‘Niño Andrades’, un perro mestizo que amaneció envenenado en la mañana de este lunes en el barrio Las Colinas de Sincelejo, se unieron para organizar cada detalle de sus honras fúnebres.
El 'Niño Andrades', como fue bautizado por los vecinos de la calle 10 de Las Colinas, apareció de un momento a otro en el barrio y era querido en varias viviendas de la cuadra donde tenía asegurada su alimentación, además de su dormida en la terraza de la casa de su preferencia.

Cuentan los habitantes del lugar que el 'Niño Andrades' se ganó el cariño de muchas familias, pero también el rechazo de otras, entre las cuales se encuentra, según especulaciones, la persona que le habría causado la muerte, dándole su último alimento, pero envenenado.
Luego de que fuera encontrado tirado en una de las calles, ya fallecido, entre todos los moradores de Las Colinas adecuaron una caja de cartón como ataúd, al lado un ramo de flores y al mismo tiempo expusieron en un cartel la invitación a su funeral.
Su muerte movió los corazones de quienes lo querían, al punto de que los propietarios de la tienda 'Donde Daniel', también dueños de la finca ‘El Paso’, decidieron organizarle su funeral en ese lugar, dándole así la oportunidad de contar con su última morada.
Al funeral, realizado a las 12: 30 de este lunes, asistieron alrededor de 15 personas, que acompañaron en un corto recorrido al ‘Niño Andrades’ para darle el último adiós.

  • SOBREVIVIENTE DESPÙES DE SER MUTILADO.

Con un conmovedor video de seis minutos, la ONG ‘Paws for Hope’, que se encarga de rescatar perros abandonados o maltratados en Los Ángeles, California, cuenta la historia de Jordan, un cachorro que fue encontrado a punto de morir en el canal de un río de la ciudad.
El animal fue rescatado luego de que voluntarios del programa recibieran una llamada. Al llegar al lugar, se encontraron con una escena aterradora: el perro había sido lanzado desde una altura de 30 metros.

Pero eso era lo de menos, al acercarse a él se encontraron con algo peor: le habían quitado una de sus patas traseras, tenía una infección y estaba completamente desnutrido. Para combatir el frío y el agua del canal, el perro se había sentado sobre una bolsa de papas, donde permanecía, según las llamadas, desde hace dos días.

La Fundación le brindó todos los cuidados al animal y a los pocos días fue dado a un hogar temporal. Jordan fue recibido por una voluntaria y sus dos perros, quienes lo ayudaron en su recuperación.
Unas semanas después le retiraron los puntos y con terapias físicas logró tener completa movilidad en su única pata trasera.
Por ahora, ‘Paws for Hope’ está en la búsqueda de un hogar permanente para Jordan y sigue pendiente de todos los cuidados que el animal necesite.


  • Piden que Plan de Desarrollo incluya medidas contra maltrato animal

Con el fin de visibilizar y generar conciencia en torno al maltrato animal, este lunes se lanzó una propuesta para que el Gobierno asuma el tema como una necesidad e, incluso, incluya programas de protección para evitar que este tipo de acciones ilegales se propaguen.
La propuesta la presentó el senador liberal Guillermo García Realpe, quien aseguró que es necesario, incluso, endurecer las penas contra quienes maltraten a los animales, por lo que también presentará un proyecto de ley en este sentido.

Todo hace parte de una campaña contra el maltrato animal que lanzó el congresista liberal y que tiene como fin poner en primer orden del debate público una situación que, por supuesto, genera un álgido debate.
“Además de radicar un proyecto de ley, adelantaremos una audiencia pública que tendrá como objetivo analizar la viabilidad de que Colombia, a través del Gobierno Nacional, suscriba la Declaración Universal de los Derechos de los Animales”, afirmó García Realpe.
La audiencia pública se realizará este jueves en el Congreso y, además, servirá como antesala de un debate que de seguro se tomará parte de la legislatura que se inicia el 16 de marzo.